ANÁLISIS DE @NICOLEROL | EL CARNICERO CLAUDIO CRESPO Y SU LARGO PRONTUARIO DELICTIVO DE VIOLACIÓN DE DDHH

ANÁLISIS DE @NICOLEROL | EL CARNICERO CLAUDIO CRESPO Y SU LARGO PRONTUARIO DELICTIVO DE VIOLACIÓN DE DDHH

La figura de Claudio Crespo, conocido como "El Carnicero", ilustra de manera contundente la urgente necesidad de replantear la formación y actuación de las instituciones policiales en Chile. ¿Quién es el Carnicero Claudio Crespo? 

Material escrito con base en la exhaustiva investigación realizada por @Nicolerol

¿Quién es el Carnicero Claudio Crespo? 

Claudio Crespo es un mayor de  Carabineros que fue conocido durante el levantamiento popular de octubre del 2019, a raíz de su accionar extremadamente violento, donde disparaba directamente a zonas vitales, con la finalidad de herir de gravedad. El caso de Gustavo Gatica es uno de los más conocidos, pero el prontuario de este carnicero es de larga data. 

Comienza con una querella en el 2018, y posteriormente a su ascenso durante 2019 dónde “Plaza Dignidad” fue su eje de actuación y dirección. El mismo pasó a ser responsable del accionar de varios piquetes de Fuerzas Especiales en Santiago y protagonista de varias video-denuncias en la web.

¿Cuáles son las querellas en su contra?

Primera Querella

Una de las querellas a su nombre que se puede constatar es la presentada hace casi cinco años, la cual se ha visto sin avances en todo este tiempo, a no ser la preparación del juicio oral el pasado 5/12/2023. 

Esta primera querella tiene lugar antes del “Levantamiento Popular”, lo que es relevante, pues con su actuación mostró que ésta es una política que se viene cultivando en el centro de esta institución; rompiendo, además, con los argumentos de que contaba con una “conducta intachable”. 

En el 2018, el 30 de marzo, Claudio Crespo se desempeñaba como comisario, con grado de “mayor de carabineros” de la 40 comisaría de FF.EE. Y en este contexto, en ocasión de la conmemoración anual del “Día del Joven Combatiente”, se dirige a cumplir su servicio de “control del orden público” en Pedro Aguirre Cerda. 

Para esta ocasión, según se mencionó en la querella referida, existía un gran operativo de seguridad organizado desde los altos mandos del Estado.

Alrededor de la 1:00 am del 30 de marzo, se dirigió en el vehículo táctico PTR (patrulla táctica de reacción) hasta Huechuraba. Este vehículo fue identificado como J-031 y era dirigido por el Sargento Segundo Claudio Alexis Padilla Medina, y en él se encontraban otros 3 cabos. 

De todos los presentes en el vehículo táctico, Claudio Crespo era el único que contaba con la escopeta marca Hatsan, modelo escort n° 412128, con munición de calibre 12mm “no letal”. 

La víctima del carnicero Claudio Crespo, se encontraba ejerciendo su legítimo derecho a la protesta y movilización social en Huechuraba, en la cercanías del edificio municipalm de la comuna. Al momento de retirarse del local, posterior a la movilización, observan que se acerca el zorrillo en el que se movilizaba Claudio Crespo. 

Sabiendo que la represión de Carabineros es conocida por su falta de protocolo y por seguir la política del enemigo interno, sin dar importancia a los Derechos Humanos y Fundamentales de la ciudadanía, la víctima corrió por el lado derecho del zorrillo con la finalidad de salir de su alcance.  Es allí cuando un disparo -efectuado desde dentro de la patrulla-  alcanza su rostro, impactando entre su boca, cuello y cara, 11 de los 12 perdigones disparados.

Mientras la víctima, sin justificación alguna, se encontraba recibiendo los perdigones de la escopeta antidisturbios, por el lado derecho, quien le acompañaba es reducido con una patada en la espalda.

El disparo se efectuó entre 1 a 5 metros de distancia y directamente a la zona vital del cráneo, lo que incumple absolutamente con todo tipo de “protocolo” formal de Carabineros, pues carabineros y civiles que se encontraban en el lugar no estaban en “peligro inminente”, por ende, el disparo efectuado no tenía justificación alguna. 

Es importante destacar este hecho, ya que hoy con la Ley “Gatillo Fácil” los protocolos son mucho más laxos para las instituciones represivas, permitiendo así burlar a la “justicia” de forma legal. 

Producto del impacto, la víctima -que presenta la primera de las tres querellas contra el carnicero Claudio Crespo- tuvo fractura de piso de órbita izquierda, lesiones de gravedad, y deformación en el rostro derivado de las múltiples lesiones. También tuvo su zona cervical comprometida, pérdida parcial de visión en uno de sus ojos  y fractura de uno de sus dientes. 

Posterior al impacto de la escopeta, ambos son detenidos aún con lesiones graves visibles. Y según la información entregada por Carabineros en la comisaría, ellos actuaron conforme a necesidad pues, supuestamente, la víctima y su acompañante habían querido ingresar a las instalaciones de la municipalidad, lo que se constató como una declaración falsa. 

Es necesario recordar que el Ministerio Público decidió no perseverar, puesto que el fiscal José Morales  “sin investigar, dio por probada la versión del imputado”, acción que luego fue revertida, encontrándose Claudio Crespo “formalizado por apremios, falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación” en esta causa y a la espera de que finalice la investigación.

Segunda querella

La segunda querella a la que hemos podido acceder es la del compañero Gustavo Gatica, la cual cuenta con 257 páginas. 

Se acusa a Claudio Crespo de cegar a Gustavo Gatica el 8 de noviembre del 2019, durante el “levantamiento popular” de Chile. Crespo era Teniente Coronel de Carabineros de Chile y se desempeñaba en la prefectura de fuerzas especiales de Santiago. 

Claudio Crespo era conocido en Fuerzas Especiales como “Gama 3”. Como en la querella anterior, Crespo tenía en su custodia una escopeta Hatsan calibre 12, que contenía 12 perdigones de 8mm cada uno. 

El 8 de noviembre, a las 18:07 horas, Crespo junto con otros 2 carabineros se encontraban por la calle Carabineros de Chile, y sobre la Av. Mackenna se desarrollaba una protesta popular. La distancia entre carabineros y manifestantes era tal que cabe el alegato de “legítima defensa” por parte de Crespo. 

El mismo, avanzó junto a otros Carabineros, un zorrillo (vehículo táctico) y personal de “Infantería” hacia la zona de los manifestantes, buscando “dispersar la movilización”. Allí se genera el conflicto entre carabineros y manifestantes quienes reclamaron del actuar de los mismos, por incumplimiento de los protocolos: 

  1. Uso gradual de la fuerza
  2. Uso de la fuerza para disparar y no para agredir con animosidad
  3. Realizar avisos previos a la acción táctica. 

De esta forma, a las 18:10, Crespo, dispara su escopeta directamente al torso y cráneo de los manifestantes, lo cual es una práctica utilizada de forma sistemática por la institución de Carabineros durante las movilizaciones sociales del 2019, buscando herir de gravedad a los manifestantes.

Dos de los doce perdigones  disparados golpearon directamente a Gustavo Gatica, que se encontraba a 24,5 metros de Claudio Crespo. Las lesiones fueron inmediatas, Trauma ocular severo, estallido ocular del ojo izquierdo, perforación de córnea, entre otras lesiones de extrema gravedad que pueden verse en la querella.  

Por último, al ver que se le venía encima el juicio oral por cegar a Gustavo Gatica, Crespo presentó un recurso de Recusación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, contra el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia Laubreaux, por emitir supuestos “comentarios anti Carabineros”. 

Tercera querella

La agresión a Gustavo Gatica, injustificada y al margen de cualquier protocolo, reflejó la falta de orientación de las instituciones policiales hacia la promoción de acciones pro-ciudadanía, y puso de manifiesto que Carabineros, en lugar de preparar a sus trabajadores para salvaguardar a la sociedad, dispersar manifestaciones y desempeñar funciones cívicas, sigue aferrado a una lógica que trata a los ciudadanos movilizados como un «enemigo interno» a combatir. 

Claudio Crespo disparó contra un joven fotógrafo que se encontraba realizando fotoperiodismo de las protestas del 2019 alrededor de la Plaza Dignidad. 

Los manifestantes se encontraban pacíficamente en la plaza dignidad, cuando efectivos policiales ingresan a la misma directamente, con bombas lacrimógenas y disparos de escopeta al aire, lo que lleva a la multitud a dispersarse de forma desorganizada. En ese momento el joven fotógrafo comienza a movilizarse y a cuatro metros recibe un disparo de escopeta, resultando herido en mandíbula, tórax, muslo y brazo. 

Cuarta querella

La cuarta querella también es del año 2019. En esta ocasión, Crespo disparó contra un estudiante que volvía a su domicilio.

El 12/11/2019, un estudiante que se encontraba cerca de una manifestación pacífica en el centro de Santiago, recibió un disparo directo desde una escopeta antidisturbios y quedó con 12 perdigones de plomo alojados en su espalda. 

En la Querella puede leerse que el disparo fue realizado a 2 metros, y por las circunstancias en las que efectuaron el disparo, se considera que fue con alevosía y afán de propinar daño físico, pues los efectivos policiales no tenían cometido alguno que justificara tanto  el actuar contra la víctima, como el grado altamente reaccionario y fuera de todo protocolo, de la accíon represiva. 

Los daños a la víctima no fueron sólo físicos, sino también psicológicos. Un trauma que hasta el momento de la querella no pudo superarse. 

La falta de justicia en Chile es otro apremiante a la angustia y depresión de quienes han sufrido a manos del Estado y se han visto abandonados por las instituciones que decían velar por los intereses de los ciudadanos. 

Son varias las querellas contra Claudio Crespo, conocido como “el carnicero”. La “justicia” chilena nada ha hecho al respecto y ello sólo deja en evidencia cómo estas conductas no sólo son permitidas, sino además, premiadas por la propia institucionalidad ya que le sirven a este sistema. 

Basta solo recordar que ya son más de 5 los suicidios de compañeros que vivieron la represión policial durante el levantamiento popular de octubr.

SU EMPRESA DE SEGURIDAD Y SU CONTRATACIÓN POR EL ESTADO

Como si no fuera suficiente, además de gozar de una completa permisividad en su actuar en las instituciones del Estado, el “Carnicero” es dueño de una empresa de seguridad privada. 

Dicha empresa ha sido contratada por más de $8.898.820 por la delegación presidencial del Maule. Uno de los hechos más interesantes es que luego de una nota de interferencia, la Delegación del Maule buscó “limpiarse las manos” y negar conocimiento de que Claudio Crespo era dueño de la misma y que éste además se encontraba imputado con varias querellas en su contra. 

Extraño, ya que su firma está en los documentos junto con la delegación que contrató a su empresa. 

A raíz de estas informaciones, Fabiola Campillai publicó en sus redes un comunicado firmado por varios organismos y organizaciones, donde repudian la contratación de la empresa del Carnicero, principalmente por parte de entidades estatales. 

Luego de esta acción, el Carnicero presentó un recurso de protección contra Campillai, en el que exige “disculpas públicas” por ser llamado “violador de derechos humanos”.  Este recurso le fue denegado. 

Y le fue denegado porque la libertad de expresión es un acto legítimo. Además, la exigencia que hace un parlamentario de información sobre contratación hecha por el Ministerio del Interior -que vincula a un ex agente, en proceso judicial por violaciones sistemáticas a derechos humanos y alevosía en el daño físico a manifestantes- es legítima y no requiere de una disculpa pública. 

Los abogados del Carnicero presentaron un recurso de apelación en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones que rechazó el recurso de protección contra Campillai. A continuación el recurso de apelación que ahora pasa a sala de la Corte Suprema. 

Sus vínculos 

En primer lugar debemos comentar que los republicanos vienen realizando “apoyos” solidarios para recaudar dinero en solidaridad con el Carnicero. 

Resaltamos el nombre de su abogado, MAXIMILIANO LOBOS, fundador de “Confluencia por Chile”, que tiene como principios los siguientes:   

TERCERO: Creemos en la superioridad intrínseca del individuo por sobre la colectividad. Defendemos la libre iniciativa privada y la fuerza creadora del ser humano. Propugnamos el respeto irrestricto a las características inherentes del ser humano cuanto especie, y rechazamos todo intento de eliminar de la persona humana sus características únicas e irrepetibles. Creemos en la educación y en el mérito personal como los principales motores de ascenso social. 

CUARTO: El Estado no somos todos; es aquel grupo de personas al servicio del bienestar de todos” . 

Estos principios son una pequeña pista de los valores e ideología que subyace, lo que no sorprende a la hora de establecerse como abogado de un criminal, violador de derechos humanos, como lo es Claudio Crespo. 

Por contraparte, Crespo tiene relación directa con los republicanos, y realiza charlas online sobre “las políticas”. Ha organizado también su propio partido político llamado “Alternativa por Chile”. 

Conclusiones

La figura de Claudio Crespo, conocido como «El Carnicero», ilustra de manera contundente la urgente necesidad de replantear la formación y actuación de las instituciones policiales en Chile. Sus acciones, marcadas por una violencia desmedida y violaciones sistemáticas de los derechos humanos, revelan una lógica arraigada en considerar a los ciudadanos movilizados como un «enemigo interno» a combatir, en lugar de orientarse hacia la protección y promoción de los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Las querellas presentadas en su contra, que abarcan desde agresiones a manifestantes hasta su participación en la ceguera de Gustavo Gatica, destacan la falta de responsabilidad y la impunidad que prevalecen en su actuación, poniendo de manifiesto la necesidad imperante de una reforma integral en la formación y conducta de las fuerzas de seguridad.

La conexión entre su empresa de seguridad privada y contratos gubernamentales, especialmente con la Delegación Presidencial del Maule, subraya la importancia de una revisión exhaustiva de los procesos de contratación y la transparencia en las relaciones entre las entidades estatales y particulares.

El rechazo del recurso de protección presentado por Crespo contra Fabiola Campillai refuerza la relevancia de la libertad de expresión y la necesidad de rendición de cuentas en casos que involucran a figuras públicas. La conexión de su abogado con una ideología que destaca la «superioridad intrínseca del individuo sobre la colectividad» añade un elemento preocupante a la ecuación, resaltando la importancia de cuestionar las conexiones ideológicas y su impacto en la administración de justicia.

En última instancia, el caso de Claudio Crespo destaca la urgencia de reformular las instituciones policiales en Chile, promoviendo una cultura basada en los derechos humanos, la rendición de cuentas y el servicio a la sociedad en lugar de perpetuar una lógica de confrontación y persecución en favor de intereses particulares.

Anexo: 


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